Encuentro entre ACS y concejales del Partido Popular en el Ayuntamiento de Segovia

Juan Manuel Muñoz, presidente y Juan Fco. Casado gerente de ACS mantuvieron una reunión con concejales del Partido Popular en el Ayuntamiento de Segovia, a cuya cabeza estaba Pablo Pérez. En esta reunión ACS trasladó la difícil situación por la que estaba atravesando el Sector. Si de por sí la situación del Sector venía siendo preocupante, dado que aún no se había recuperado de la crisis económica, ahora se esta viendo agravada por la crisis derivada de la situación sanitaria.

Tras el intercambio de opiniones, ambas partes concluyeron que es necesario aliviar la carga tributaria, en cuanto a tributación local se refiere, e incentivar el consumo en el comercio local con medidas económicas que ponga en marcha el Ayuntamiento de Segovia. ACS pide sensibilidad para con un sector con un peso tan importante en la economía local.

Nueva Línea de Avales para PYMES

Se ha publicado en el BOE el segundo tramo de línea de avales del ICO para PYMES. Pincha aquí para acceder al contenido.

Directrices de buenas prácticas para los centros de trabajo. Ministerio de Sanidad

En este enlace puedes acceder a la guía elaborada por el Ministerio de Sanidad. DIRECTRICES PARA CENTROS DE TRABAJO-COVID-19.pdf

ACS se une a Cocahi en su petición al Gobierno para solicitar la prohibición de realizar rebajas hasta final de año.

ACS, socio de Cocahi, cree que es una medida que contribuirá a ayudar al comerciante tras la reapertura de los establecimientos.

LA CONFEDERACIÓN ESPAÑOLA DE ASOCIACIONES DE COMERCIANTES DE CASCOS HISTÓRICOS (COCAHI) PIDE AL GOBIERNO QUE PROHÍBA «TODAS LAS REBAJAS» HASTA FINAL DE AÑO 

 

COCAHI ENTIENDE QUE SI NO SE TOMA ESTA MEDIDA CIENTOS DE MILES DE COMERCIOS TRADICIONALES NO PODRÁN DAR SALIDA A TODO EL PRODUCTO DE TEMPORADA QUE ADQUIRIERON ANTES DE LA CRISIS Y EVITAR ASÍ LA VENTA A PÉRDIDA 

 

JOSÉ MANUEL BELLO REY: «SOLICITAMOS AL GOBIERNO QUE MEDIANTE DECRETO SE APRUEBE ESTA MEDIDA Y LA VUELTA A LOS PERÍODOS DE REBAJAS TRADICIONALES A PARTIR DEL 7 DE ENERO DE 2021»

 

Las Asociaciones que conforman la CONFEDERACIÓN ESPAÑOLA DE COMERCIANTES DE CASCOS HISTÓRICOS (COCAHI) solicitan al Gobierno de España que adopte de forma inmediata, y por Decreto, la prohibición de todas las rebajas en el sector comercial hasta final del presente año, al mismo tiempo que reclama el establecimiento y vuelta a los tradicionales períodos de rebajas a partir del 7 de enero de 2021.

 

Según José Manuel Bello Rey, Presidente de COCAHI y de Compostela Monumental, «es la tercera vez que solicitamos al Gobierno que restablezca los dos períodos tradicionales de rebajas de invierno y de verano, que en su momento fueron suprimidos. Consideramos que se deben retomar, pero a partir del 7 de enero de 2021, por lo que se debería prohibir todo tipo de rebajas hasta final de este año para beneficiar la recuperación económica de autónomos y evitar la desaparición del comercio tradicional».

 

El  Presidente de COCAHI recuerda que «son cientos de miles los comerciantes que realizaron antes de la crisis del COVID 19 todas sus compras de mercancía para poder afrontar la nueva temporada. Si ahora el Gobierno permite que se puedan llevar a cabo rebajas o promociones después del confinamiento esto provocará una situación irreparable, ya que muchos estarían condenados a vender a pérdida, con todo lo que ello supone».

 

Al mismo tiempo, José Manuel Bello considera «que es un disparate y una irresponsabilidad absoluta dejar que las grandes áreas comerciales, que ya pactaron en el 2019 las aperturas del 2020, con los distintos Gobiernos Autónomos y los representantes del pequeño Comercio, y así se reflejaron en los distintos boletines oficiales, puedan abrir los 365 días del año en cuanto se permita la apertura del comercio, ya que ademas esta apertura debería contemplar una serie de medidas que garanticen la seguridad de los comerciantes, trabajadores y clientes, y precisamente las aglomeraciones que habitualmente se producen en las grandes zonas comerciales no la garantizan, mientras que comprar en el comercio de proximidad y de forma escalonada y responsable es más seguro para todos».

 

COCAHI, entidad que aglutina a más de 40 asociaciones de comerciantes de los cascos históricos de toda España, ha remitido estas propuestas a distintos Ministerios y Presidencia del Gobierno, al igual que a las distintas Comunidades Autónomas que tienen competencias en materia de comercio.

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ACS vuelve a reclamar a Ayuntamiento y Diputación medidas rápidas para paliar las graves consecuencias del COVID-19 en el Sector.

La Agrupación de Comerciantes Segovianos (ACS) ha dirigido sendos escritos a la alcaldesa de Segovia y al presidente de la Diputación en los que pide medidas rápidas de apoyo ante las graves y prolongadas consecuencias que la propagación del COVID-19 y las medidas de prevención y contención adoptadas están teniendo en el sector del comercio.

En los escritos, ACS hace referencia a los planes adoptados por ambas instituciones en la ciudad y provincia de Soria, un ejemplo de compromiso con el sector.

En el caso del Consistorio soriano, ha habilitado un paquete de medidas que, entre otras, contempla una campaña por importe de 200.000 euros denominada “Soria Bonos”.

Y en el caso de la institución provincial se contemplan ayudas al pago del alquiler de locales y ayudas a empresarios que hayan tenido que cerrar su establecimiento o hayan visto minoradas sus ventas en un porcentaje significativo.

“Siendo conscientes de que la situación actual requiere estas medidas y teniendo presente la sensibilidad de la institución que presides hacia nuestro sector, volvemos a insistir en la necesidad de articular medidas de este calado que ayuden a paliar esta situación y que además estén preparadas para cuando la actividad comercial pueda volver a desarrollarse con normalidad”, concluye la Agrupación.

ACS solicita a los ayuntamientos de la provincia que exoneren de pagar impuestos locales del ejercicio 2020 a los empresarios del sector afectados por el COVID-19

La Agrupación de Comerciantes Segovianos (ACS) ha dirigido sendos escritos al Ayuntamiento de Segovia y a la Diputación Provincial en los que pide de manera urgente la adopción de medidas que atenúen el impacto que la propagación del COVID-19 y las medidas de prevención y contención adoptadas está teniendo en el sector del comercio, unas consecuencias que están siendo de igual o mayor intensidad que en otras actividades económicas.

“Muchos establecimientos permanecen cerrados y los que pueden mantener la atención al público por atender a necesidades básicas de la población han mermado su actividad notablemente, por el propio confinamiento de los ciudadanos y porque el cierre de hoteles y restaurantes incide gravemente en esta situación. Por todo ello, ahora más que nunca, este sector que tiene tanta incidencia en el empleo y la economía de la provincia necesita la actuación decidida de sus administraciones para salir de esta situación y además consolidarse en un futuro”, rezan los escritos.

En el ámbito de las competencias de la Diputación Provincial, ACS solicita a través de este escrito que traslade a los ayuntamientos de la provincia la necesidad de exonerar del pago de los tributos locales para este ejercicio 2020, lo que traslada también al Ayuntamiento de la capital en su ámbito competencial.

Además, ACS pide que aparte de las líneas con las que actualmente cuentan ambas instituciones dirigidas al sector, se implementen otras extraordinarias para hacer frente a esta situación tan grave.

Según los datos que maneja la Agrupación provenientes del sondeo realizado y por el número de ERTEs que está tramitando, se prevé que a finales de la semana que viene se verán afectados por ERTEs al menos 5.500 trabajadores del sector en la provincia, y al menos 2.000 autónomos lo serán por cese de actividad.

CAMPAÑA MOVILIZACIÓN EMPRESARIAL PARA COMPRA MATERIAL SANITARIO

En este enlace encontrarás amplia información sobre la campaña de recaudación.

COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ADAPTADA – COVID19

Documento elaborado por el Gobierno de España con la materia publicada a raíz del COVID-19

COVID19 Compendio Legislativo.pdf.

Declaración de estado de Alarma y Sector Comercio

Estimado socio, seguro que ya lo conoces, pero te adjunto el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Te extracto varios párrafos y te hago varias consideraciones.

Artículo 7. Limitación de la libertad de circulación de las personas.

  1. Durante la vigencia del estado de alarma las personas únicamente podrán circular por las vías de uso público para la realización de las siguientes actividades:
  2. a) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
  3. b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  4. c) Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
  5. d) Retorno al lugar de residencia habitual.
  6. e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  7. f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.
  8. g) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  9. h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada.
  10. Igualmente, se permitirá la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas en el apartado anterior o para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio.
  11. En todo caso, en cualquier desplazamiento deberán respetarse las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias.
  12. El Ministro del Interior podrá acordar el cierre a la circulación de carreteras o tramos de ellas por razones de salud pública, seguridad o fluidez del tráfico o la restricción en ellas del acceso de determinados vehículos por los mismos motivos.

Cuando las medidas a las que se refieren los párrafos anteriores se adopten de oficio se informará previamente a las administraciones autonómicas que ejercen competencias de ejecución de la legislación del Estado en materia de tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial.

Las autoridades estatales, autonómicas y locales competentes en materia de tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial garantizarán la divulgación entre la población de las medidas que puedan afectar al tráfico rodado.

TODO LO QUE NO ESTÉ EXPLICITAMENTE CONTEMPLADO EN EL ARTICULADO ANTERIOR ES DE SUPONER QUE NO ESTÁ PERMITIDO Y NO ES ACONSEJABLE REALIZAR INTERPRETACIONES EXTENSIVAS Y SUBJETIVAS SINO QUEREMOS ENFRENTARNOS A UN PROCEDIMIENTO SANCIONADOR.

Artículo 10. Medidas de contención en el ámbito de la actividad comercial, equipamientos culturales, establecimientos y actividades recreativos, actividades de hostelería y restauración, y otras adicionales.

  1. Se suspende la apertura al público de los locales y establecimientos minoristas, a excepción de los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, establecimientos farmacéuticos, médicos, ópticas y productos ortopédicos, productos higiénicos, peluquerías, prensa y papelería, combustible para la automoción, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, comercio por internet, telefónico o correspondencia, tintorerías y lavanderías. Se suspende cualquier otra actividad o establecimiento que a juicio de la autoridad competente pueda suponer un riesgo de contagio. (OJO CON ESTO, AL IGUAL QUE EN EL ANTERIOR ARTÍCULO ESTÁ SUJETO A POSTERIOR DESARROLLO NORMATIVO O A DECISIONES DE LA AUTORIDAD COMPETENTE)
  2. La permanencia en los establecimientos comerciales cuya apertura esté permitida deberá ser la estrictamente necesaria para que los consumidores puedan realizar la adquisición de alimentos y productos de primera necesidad, quedando suspendida la posibilidad de consumo de productos en los propios establecimientos.

En todo caso, se evitarán aglomeraciones y se controlará que consumidores y empleados mantengan la distancia de seguridad de al menos un metro a fin de evitar posibles contagios.

  1. Se suspende la apertura al público de los museos, archivos, bibliotecas, monumentos, así como de los locales y establecimientos en los que se desarrollen espectáculos públicos, las actividades deportivas y de ocio indicados en el anexo del presente real decreto.
  2. Se suspenden las actividades de hostelería y restauración, pudiendo prestarse exclusivamente servicios de entrega a domicilio.
  3. Se suspenden asimismo las verbenas, desfiles y fiestas populares.

 

SOBRE ESTE ARTÍCULO SE ESTÁN GENERANDO MUCHAS DUDAS POR LA AMPLIA CASUÍSTICA DE NUESTRO SECTOR (VARIEDAD DE SUBSECTORES).

Es necesario resaltar que este artículo establece la suspensión de la apertura al público, no necesariamente el cese de la actividad empresarial.

Lo anterior dependerá de las circunstancias de cada empresa. Si la actividad de la empresa puede continuar debido a sus peculiaridades hay que poner en relación este artículo con el resto del articulado y con las normas sobre PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES E HIGIÉNICO-SANITARIAS QUE SE ESTÁN ESTABLECIENDO A RAÍZ DE ESTA SITUACIÓN.

 

Conviene precisar que existen determinadas actividades comerciales (independientemente de la apertura física del establecimientos) que sí están permitidas y, que a juicio de cada empresa y, en función de su oportunidad social/económica/laboral requieren su análisis interno:  (comercio telefónico, internet, etc)

 

ACTUACIÓN CON RESPECTO DE LOS TRABAJADORES Y CON LA CONTINUIDAD EN LA ACTIVIDAD.

Sobre cómo actuar con lo anterior, aconsejamos prudencia y sopesar bien la decisión. No conviene precipitarse a la hora de darse de baja en autónomos o en realizar expedientes de regulación de empleo. Hay socios que nos plantearon hacerlo ya el viernes y nos están llamando durante todo el fin de semana para hacerlo mañana lunes.

Debido a que se ha anunciado por el Gobierno de la Nación que se van a establecer medidas para paliar la situación económica por la que van a pasar las empresas, conviene esperar a su publicación. Entendemos que va a ser inminente, lo más seguro es que se acuerden en el próximo Consejo de Ministros previsto para el martes. No sabemos si tendrán carácter retroactivo (de días, claro está) pero es preferible esperar un poco; será cuestión de horas o de un par de días el saber qué se va a establecer.

 

SOLICITUD DE AYUDAS A LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.

Por otro lado, quiero comentarte que estamos trabajando con otras asociaciones sectoriales a nivel regional y estatal con el fin de que las administraciones públicas establezcan las medidas económicas necesarias para paliar la grave situación por la que va a atravesar nuestro Sector.

En concreto se van a solicitar, entre otras, las siguientes medidas:

  • Prestación por cese de actividad: Es necesario que se agilicen los trámites y se facilite el acceso a esta prestación como si de un trabajador normal se tratara. Se ha de garantizar al empresario autónomo que esta prestación es operativa y todos la tienen garantizada. Para ello se debe flexibilizar al máximo su período de carencia y ampliar el plazo de cobertura.
  • Exención del 100% en el pago de la cuota de seguridad social del empresario autónomo  al menos, hasta el mes de septiembre, para aquellos empresarios que sigan manteniendo la actividad.
  • Prestación del 100% de la base reguladora en caso de Incapacidad Temporal desde el primer día en que se esté en dicha situación de IT y exención del pago de la cuota a la seguridad social.
  • Ayuda económica vital para aquellos empresarios autónomos que no hayan cerrado sus empresas. Es necesario apoyar a aquellos empresarios autónomos que mantienen sus empresas abiertas y a aquellos que además de hacerlo tienen trabajadores. La disminución de ventas, añadida a la situación actual provoca una situación dramática en la situación económica de los empresarios de nuestro sector. Por ello se solicita de las administraciones que establezcan líneas de ayudas que contemplen una subvención a fondo perdido desde el mes de marzo y hasta, al menos, el mes de septiembre, ambos inclusive, que ayude a amortiguar el descenso de ingresos en las empresas del sector.
  • Equiparación del “estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y la suspensión de la apertura al público de locales y establecimientos comerciales” a causa de fuerza mayor. Se precisa una modificación urgente de la normativa laboral con el fin de que esta situación se considere causa de fuerza mayor a la hora de realizar expedientes de regulación de empleo y acceso a la prestación por cese de actividad. Es necesario que la normativa sea clara y no dé lugar a interpretaciones a posteriori.
  • Establecimiento de ayudas para hacer frente al pago de los alquileres del establecimiento.
  • Exención total del año en curso del IBI y tasas de basura y otras en el mismo sentido
  • Entidades financieras: Exención de los intereses de aquellos créditos que tenga el comerciante. No aplazamiento sino exención. Aplazamiento, moratoria en el plazo del pago de la cuota de amortización de dichos créditos.

 

Igualmente, y para cuando la situación vuelva a la normalidad es necesario que se implanten medidas que incentiven el consumo en nuestro sector.

 

Asimismo, quiero trasladarte que estaremos a tu disposición, como hasta ahora, y que en caso de que no podamos atenderte físicamente la Agrupación está preparada para atender las necesidades de sus socios de forma telemática y así seguir cumpliendo con su finalidad.

Dado lo cambiante de la situación, la amplia casuística y dudas que a todos nos abordan ahora mismo y a la espera de los próximos acontecimientos nos ponemos a tu disposición para intentar ayudarte en lo que necesites.

Saludos.

POSDATA:

Las posibles sanciones por incumplimiento de la normativa estarían recogidas, entre otras, por las siguientes disposiciones legales:

 

Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio: https://www.boe.es/buscar/pdf/1981/BOE-A-1981-12774-consolidado.pdf

 

Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública. https://www.boe.es/boe/dias/2011/10/05/pdfs/BOE-A-2011-15623.pdf

 

Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil. https://www.boe.es/buscar/pdf/2015/BOE-A-2015-7730-consolidado.pdf

 

Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana. https://www.boe.es/boe/dias/2015/03/31/pdfs/BOE-A-2015-3442.pdf

 

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. https://www.boe.es/buscar/pdf/1995/BOE-A-1995-25444-consolidado.pdf

 

Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

 

 

ACS implementa sus servicios para atender las necesidades del comercio segoviano en esta situación tan excepcional

La Agrupación de Comerciantes Segovianos (ACS) ante las recientes declaraciones provenientes de diferentes administraciones públicas y teniendo en cuenta que los acontecimientos con motivo de dicha situación se irán desarrollando con mucha celeridad ha decidido implementar sus servicios y ponerlos a disposición de todo el comercio segoviano.

Para ello pone a disposición de todos los comerciantes de la provincia una dirección de correo electrónico para urgencias derivadas de la situación que nos afecta.

La dirección es la siguiente:

urgencias@comerciodesegovia.es

Asimismo, ha habilitado una línea de teléfono móvil que estará disponible desde las 8,00 horas hasta las 21,00 horas todos los días de la semana.

El número es el siguiente:
628 55 74 82

Por estos medios cualquier comerciante podrá ponerse en contacto con ACS para trasladar cualquier urgencia que tenga derivada de su actividad comercial con motivo de las medidas legales excepcionales que se irán estableciendo por las diferentes administraciones públicas.

Esperando sea de tu interés, recibe un cordial saludo

Juan Fco. Casado De Pablos
Gerente